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• Diputados reformaron el artículo 86 del Código Penal del Estado.
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A+ A- • Contempla que el juez -al imponer la pena- considere el mayor o menor grado de aproximación al momento de consumar el delito.
Orizaba en red.
Al responsable de tentativa de delito se le aplicará hasta las dos terceras partes de la sanción que se le impondría de haber consumado el delito, ello luego que diputados de la LXIII Legislatura reformaron el artículo 86 del Código Penal del estado.
En la décima segunda sesión ordinaria, del tercer año de labores, los legisladores avalaron con 37 votos a favor, sin votos en contra ni abstención, esta reforma que también contempla que el juez tome en cuenta al imponer la pena el mayor o menor grado de aproximación al momento de consumar el delito.
Con esta reforma se brinda certeza jurídica a la población al considerar a la tentativa como un delito imperfecto, es decir - sostiene el dictamen- "se trata de una sanción por la puesta en riesgo del bien jurídicamente tutelado y que no tiene que ver con la voluntad del que lo comete sino con aspectos externos a su conducta".
Por lo que -indica el texto- este delito no puede ser tratado en semejanza a los delitos culposos.
Esta modificación fue resultado de la iniciativa que presentó el 23 de enero de 2014 el diputado
Gustavo Gudiño Corro .
Actualmente la sanción prevista para el responsable de tentativa es de prisión de 15 días a 10 años y multa hasta de 200 días de salario, que es la misma penalidad aplicable a los delitos culposos que prevé el Código Penal.
En el texto el autor consideró esta medida como inadecuada, si se toma en cuenta que no es lo mismo que se actualice un delito sin la voluntad del imputado, a quererlo consumar, sin éxito, por circunstancias ajenas a la voluntad del sujeto activo.
30/01/16
Nota 118973