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Caleidoscopio.
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A+ A- Por:
José Luis Barragán Fabián .
Primer giro.- Se registraron
Cumpliendo con el protocolo y los tiempos oficiales, este martes se registraron ante el
Organismo Público Local Electoral (OPLE) en Córdoba las fórmulas a la diputación local por el Distrito XIX, de los partidos Alternativa Veracruzana (AVE),
Partido Acción Nacional (PAN) y Partido Cardenista (PC).
La primera en acudir a las oficinas de la dependencia electoral (ubicadas en la calle 5, entre avenidas 5 y 7) fue la compañera periodista
Ivón Graciano Serrano , seguida de su suplente, la también compañera periodista
Tatiana Martínez Caballero , quienes contenderán por el PC.
Posteriormente se presentó
Marcela Cessa Luna , abanderada del AVE, acompañada de su suplente
Georgina Díaz Díaz , quienes reconocieron no tener trayectoria política y dijeron sentirse confiadas por ser jóvenes, uno de los sectores olvidados.
Ya por la tarde, correspondió el turno a la dupla del PAN, conformada por María de los
Ángeles Sahagún Morales (como titular) y
Martha Lilia Chávez González (suplente), ambas ex-diputadas locales en diferentes legislaturas y ex-funcionarias municipales en las dos ocasiones en que
Tomás Ríos Bernal ha sido alcalde; además de que Chávez González se ha desempeñado en el ámbito federal en la Procuraduría Federal del Consumidor y en Petróleos Mexicanos.
Por separado, las aspirantes de los tres partidos coincidieron en la importancia de hacer propuestas y no descalificaciones, así como en el hecho de que los miembros del Consejo Distrital del OPLE actúen en estricto apego a la ley y con respeto hacia la decisión ciudadana el próximo 5 de junio.
En cuanto a la manera en que llegaron al registro, las fórmulas del PC y del AVE lo hicieron acompañadas por militantes y dirigentes de sus institutos políticos a nivel local; en tanto que la dupla panista lo hizo con militantes, el dirigente municipal del PAN el diputado local albiazul en funciones y empleados del Ayuntamiento… Habría que saber cuántos de ellos estaban en horario laboral, aunque igual y ya no les preocupe, como tampoco les preocupe la ausencia de
Leticia López Landero , ex-diputada federal que buscaba ser la abanderada panista a la diputación local..
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Contragiro.- Suspenderán actividades con artificios pirotécnicos
En un verdadero logro para la salud ambiental y la protección auditiva, este martes la Comisión de Defensa Nacional aprobó un dictamen que reforma la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, para suspender las actividades con artificios pirotécnicos cuando el valor límite diario para la concentración de partículas PM10 rebase el establecido por la
Norma Oficial Mexicana en la entidad.
En el documento, que surge de una iniciativa que la diputada
Nancy Guadalupe Sánchez Arredondo presentó el pasado 17 de marzo y adiciona el artículo 43 bis de dicha ley y cuyos alcances quizá genere polémica entre los productores, se menciona que una de las fuentes más importantes de contaminación atmosférica del país es la constituida por las partículas denominadas PM10 o partículas menores a 10 micrómetros, la cual es generada con mayor frecuencia por la quema de objetos orgánicos e inorgánicos, entre otros.
La legisladora plantea que la calidad atmosférica en el país constituye un tema de vital importancia para la estabilidad y salud de los ciudadanos y hace referencia a los diversos planes elaborados para el mejoramiento de la calidad del aire en los centros urbanos.
Sánchez Arredondo señala que la quema de artificios pirotécnicos es una actividad propia de festejos tradicionales en algunas entidades de nuestro país y, de igual manera, altamente contaminante para la atmosfera.
Sin embargo, se carece de regulación específica dentro de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en cuanto a limitantes ambientales para la operación de los permisos y "Esta omisión ha permitido a los permisionarios continuar sus operaciones de venta al público aun y cuando, conforme a mediciones oficiales, la entidad se encuentre en alarmantes condiciones de fragilidad ambiental y atmosférica", agregó.
El artículo 43 bis que se adiciona se refiere a los permisos generales, ordinarios y extraordinarios que sean emitidos o renovados por la Secretaría de la Defensa Nacional para la compraventa de artificios pirotécnicos. Estos permisos deberán contener la obligación del permisionario de suspender sus actividades cuando el valor límite diario para la concentración de partículas PM10, establecido por la
Norma Oficial Mexicana , haya sido rebasado en la entidad.
Agrega que "para expedir los permisos extraordinarios para la compraventa de artificios pirotécnicos, la Secretaría solicitará a los permisionarios la resolución de la autoridad local en materia ambiental".
En los artículos transitorios se precisa que 45 días posteriores a la entrada en vigor del presente decreto, el Ejecutivo federal y la Secretaría del ramo competente, deberán realizar las adecuaciones normativas al Reglamento de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos; en tanto que las autoridades locales en materia ambiental tendrán un plazo no mayor a 90 días hábiles, para establecer los procedimientos de autorización para la venta y uso de artificios pirotécnicos, de tal manera que los permisos deberán contener las disposiciones mínimas atmosféricas para el uso de artificios pirotécnicos y la Secretaría de la Defensa Nacional tendrá un plazo no mayor de 90 días hábiles para adecuar la documentación oficial con la disposición aprobada en los perisos que correspondan..
Así las cosas, por hoy guardamos el caleidoscopio y quedamos a la expectativa de lo que podamos seguir captando entre sus giros y contragiros, recordando que Usted tendrá la mejor opinión sobre las imágenes "observadas" hasta el momento. Comentarios: twitter@JoLuisBarraganF y/o jolubarf@yahoo.com.mx
27/04/16
Nota 119964