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Aprueban diputados juicio político contra expresidenta del Poder Judicial.
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A+ A- • La magistrada
Sofía Martínez Huerta , siendo presidenta del Tribunal Superior de Justicia, afectó los intereses públicos fundamentales y, por consiguiente, a su correcto despacho.
Redacción// www.orizabaenred.com.mx
Xalapa, Ver. - El Pleno de la LXV Legislatura en Veracruz por primera vez en la historia del Congreso, en sesión extraordinaria, con carácter de privada y con 35 votos a favor, aprobó el dictamen, por el cual se determina que la magistrada
Sofía Martínez Huerta , siendo presidenta del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura, del Poder Judicial del Estado de Veracruz, afectó los intereses públicos fundamentales y, por consiguiente, a su correcto despacho.
Al término de la sesión, el presidente de la
Comisión Permanente Instructora , diputado
Víctor Emmanuel Vargas Barrientos , informó sobre esta decisión del Pleno y argumentó que ello es resultado de un trabajo transparente y con estricto apego a lo señalado en la Ley de Juicio Político y Declaración de Procedencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
Al precisar que el Congreso de Veracruz actúa en estricto apego a derecho, dio cuenta de la rectitud y transparencia en todas las etapas del proceso iniciado en las comisiones permanentes unidas de Gobernación y de Justicia y Puntos Constitucionales, en observancia permanente de la ley y respeto de las instancias y los tiempos legalmente establecidos.
Indicó que el dictamen es resultado de la denuncia de juicio político presentada por el juez
José Clemente Zorrilla , quien, en noviembre del año pasado, fue removido del juzgado a su cargo por la magistrada, siendo que esta decisión es exclusiva del Consejo de la Judicatura y no de una persona en particular; motivo por el que se determina que podría existir usurpación de funciones en el Poder Judicial.
Además de los 35 votos a favor, este resolutivo registró 9 votos en contra, sin abstenciones. Tras ser aprobado por esta Soberanía, se instruyó remitir al Tribunal Superior de Justicia el expediente que contiene la acusación y las constancias del procedimiento, a fin que los magistrados integrantes de la Sala Constitucional notifiquen a la denunciada para que formule los alegatos a su favor y será la Comisión Instructora la que ratifique dicha acusación.
Posteriormente, conforme a lo dispuesto en los artículos 27 al 32 de la Ley de Juicio Político y Declaración de Procedencia y siguiendo la secuela procesal, podría negarse la declaración de inhabilitación o destitución, si la resolución del Jurado de Sentencia es absolutoria o si no se obtiene la mayoría calificada que exige este ordenamiento.
Por otra parte, si la resolución resulta condenatoria, se sancionará a la servidora pública, si está en funciones, con la destitución del cargo y la inhabilitación para desempeñar cualquier empleo, cargo o comisión públicos por un período de uno hasta diez años, atendiendo a la gravedad de la infracción. Si no está en funciones, se decretará su inhabilitación en los términos indicados.
20/03/21
Nota 134726