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Timó a tres ex trabajadores de la empresa papelera de Kimberly.
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A+ A- Orizaba, Ver.- El abogado
José Juan Santibañez Lagunes , acusado por el delito de fraude en agravio de tres ex obreros de la empresa Kimberly Clark se amparo en el juzgado distrital de Boca del Río, en contra de aprehensión girada por el juez primero de Primera Instancia por el delito de abogados y litigantes.
Los afectados
Juan Fermín Colorado ,
Armando Arregín López , denunciaron ante este diario, que el presunto responsable
José Juan Santibañez , fue denunciado en la fiscalía del
Ministerio Público Investigador Sur por dicho delito.
Los operarios precisaron que la empresa Kimberly los despidió injustificadamente, pretendiendo liquidarlos de manera irregular o fuera de la ley, y debido al problema que se genero por esta indemnización contrataron los servicios del profesionista para que los asesorara y promoviera un amparo contra la factoría en el municipio de Boca del Río.
Agregaron que el licenciado Santibañez, para promover el amparo federal les solicitó la cantidad de 13 mil pesos mil 500 pesos, por lo que entregaron los recursos, sin embargo, el presunto nunca promovió éste amparo, provocando que los representantes de este consorcio los despidiera no obstante que algunos tienen hasta 28 años.
Los ex trabajadores denunciaron los hechos en contra del profesionista a quien señalaron de haberse vendido a los empresarios, tras mencionar que hubo irregularidades por parte de abogado para apoyarlos.
El juicio en contra del indiciado se ventila en el juzgado primero bajo la causa penal número 223/003 por el delito de abogados y litigantes, confirmando que el Juan Santibañez, tuvo conocimiento de la orden de aprehensión y se amparo contra el mandato judicial, mismo que goza de libertad bajo reservas de la ley.
Los quejosos subrayaron que son por lo menos 64 los ex obreros los que viven una situación similar a de ellos, incluso los representantes de esta empresa están condenados a pagar una cantidad de cuatro millones de pesos para indemnizarlos.
17/10/03
Nota 14346