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Desconocen policías cuestiones jurídicas.
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A+ A- Orizaba, Ver.- Para que las corporaciones policíacas municipales eleven su cultura jurídica en materia penal, los elementos de las policías municipales tengan una idea general del ámbito de competencia de los jueces, sepan de derechos humanos y garantías individuales, sepan imponer su autoridad, interpreten correctamente del Bando de Policía y Buen Gobierno y conozcan criminología y victimología, pero también para elevar su escala de valores por medio de la ética policial, el teniente y licenciado
Marco Antonio Rea Marroquín , imparte el Curso de Actualización Jurídica a policías municipales de Ixtaczoquitlán y del Sistema de Seguridad Bancaria, Industrial y Comercial (SSIBC).
Al explicar que son 10 los módulos de que consta ese curso, informó que en este momento lo imparte a 100 elementos en Ixtaczoquitlán -a invitación expresa del comandanta Javier Heredia Cozziere- y después lo dará a policías de otros municipios de la región. No se contemplan los de Orizaba ni Ciudad Mendoza, pero el resto sí, inclusive a los de Maltrata y Acultzingo.
Al ser entrevistado, el abogado declaró que de acuerdo a la
Ley Orgánica Municipal , los ayuntamientos tienen la obligación de dar capacitación jurídica a sus cuerpos policiacos. Enseguida enumeró cada uno de esos módulos: "Del Delito" donde de acuerdo al Derecho Penal se ve lo que son los delitos graves, culposos y preterintencionales; los que se persiguen de oficio y de querella, las causas de excluyente de responsabilidades como la defensa propia. Hay agresores, delincuentes e infractores que muchas veces ultrajan a la autoridad y en base a la ley ellos, los policías, pueden hacer ejercicio de la violencia mediante la defensa propia, sin violar sus derechos humanos, cuando así sea necesario".
Luego dijo que en algunas corporaciones a veces "como que les tiembla la mano" porque tienen el temor de ser acusados ante la Comisión de Derechos Humanos, o ante el Ministerio Público por abuso de autoridad, y por el desconocimiento de la ley, obliga a incurrir en ese tipo de conductas, cuando ellos pueden ejercer la fuerza, sin violar la ley".
01/12/03
Nota 16090