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Formal prisión en contra del abogado José Fernando Guzmán Estévez.
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A+ A- Orizaba, Ver.- El juez primero de Primera Instancia,
Sergio Andrade Aguilar , decretó auto de formal prisión en contra del abogado
José Fernando Guzmán Estévez , como presunto responsable del delito de robo de autos, y auto de libertad al licenciado
Modesto Velasco Aguilar .
Las autoridades judiciales, indicaron que el veredicto de auto de formal prisión decretada en contra del licenciado
José Fernando Guzmán Estévez , se determinó basándose a los hechos que ocurrieron el pasado jueves 8 de abril, cuando elementos de la Policía Ministerial, detuvieron al profesionista con un vehículo presuntamente robado en el estado de Guadalajara, Jalisco.
Y además de que durante su intervención, la policía también decomiso un vehículo marca Honda Accord, color gris, con placas del estado de Puebla, presuntamente hurtado en la delegación Gustavo A. Madero del Distrito Federal.
Indicaron que con estas evidencias, las autoridades judiciales a cargo del licenciado
Sergio Andrade Aguilar , determinaron conforme a derecho auto de formal prisión por el delito de robo de autos, no obstante que el inculpado rechazó tales imputaciones, tras indicar que un Volvo, color gris metálico, placas TRS5834 y el auto Honda Accord, color plata, placas TRS2467 con placas del estado de Puebla, fueron adquiridos de buena fe.
Y a pesar de que, el indiciado negó los hechos en el juzgado, el titular de esta dependencia notificó a las 16:00 horas, que quedaba formalmente preso en el interior del Reclusorio Regional y sin derecho a fianza, luego de indicar que el delito es considerado grave.
Por otra parte, el juez resolvió auto de libertad a favor de
Modesto Velasco Aguilar , detenido también por elementos de la Policía Ministerial por su presunta participación en este ilícito, sin embargo, sus abogados presentaron pruebas y evidencias de su inocencia, por lo que ayer se le concedió auto de libertad, y más tarde abandonó las instalaciones del centro penitenciario en esta localidad.
13/04/04
Nota 20875