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4 detenidos por coaccionar el voto.
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A+ A- William Cortés.
Xalapa, Ver.-De las 110 denuncias que recibió la Coordinación General de Agentes del
Ministerio Público Especializados en Delitos Electorales a lo largo del estado, únicamente cuatro fueron objeto del ejercicio penal. También hubo denuncias en contra de al menos cinco alcaldes, entre ellos los de Tlapacoyan y Tihuatlán.
Así lo informó el encargado de la dependencia
Rodolfo Rejón Jiménez en entrevista, quien detalló que muchas de esas acciones se emprendieron en los municipios de Pánuco, Túxpam y Moloacán sobre ciudadanos sorprendidos coaccionando el voto, mismos que rechazaron tener alguna militancia partidista.
"Ellos manifiestan ser ciudadanos que no participan en ningún partido político nosotros nos atenemos a su declaración, pero también al señalamiento y al hecho de qué estaban cometiendo en ese momento, no nos interesan siglas partidistas", comentó.
Las causas más socorridas fueron la coacción e inducción del voto, el acarreo y el proselitismo de algunos candidatos durante el término de las 72 horas antes de la elección.
Rejón Jiménez estimó que las 110 interpelaciones están repartidas entre las dos coaliciones (Fidelidad por Veracruz, Unidos por Veracruz), el PAN y el PRV (el que participó sólo en las elecciones de alcaldías).
Al respecto, dijo desconocer cuántas más serán consignadas, ya que se encuentran integrando todas las demás indagatorias que se han recibido en el estado y las que se recibieron aquí en Xalapa.
Expuso que la Coordinación General de Agentes del
Ministerio Público Especializados en Delitos Electorales se dedica a recibir denuncias de carácter penal por hechos que tipifique el Código como delitos contra la función electoral y que en un momento dado violan ciudadanos, servidores públicos y funcionarios partidistas y públicos.
La dependencia, continuó, no es la encargada de tramitar los recursos juridisccionales electorales y sobre las resoluciones que ellos emitan, señaló que los partidos y ciudadanos pueden impugnar ante la Sala Electoral del Tribunal Superior de Justicia del Estado a través del juicio de Revisión Constitucional.
Conforme a ley -agregó- se dispone de 180 días para resolver los asuntos mencionados, sin apresurarse y sin cometer alguna injusticia o resolver de manera irresponsable, antes del mes de diciembre y aceptó que podría haber ciertas interpelaciones que requerirán mayor tiempo y que deberá atender el próximo Procurador.
24/09/04
Nota 27469