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Confirmado; Emeterio López Marques fuera del TSJE.(Foto el Golfo)
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A+ A- Xalapa, Ver.- El Pleno del Congreso del Estado ratificó con 28 votos a favor, 18 en contra y 2 en abstención, la autorización de renuncia de manera definitiva del maestro
Emeterio López Márquez al cargo de magistrado del Tribunal Superior de Justicia, luego de ser discutido ampliamente por los diputados del PAN y PRI.
Asimismo, por no haberse alcanzado el voto de las dos terceras partes de los integrantes de la Legislatura como lo establece la ley, se desechó la solicitud de incluir en el orden del día de la sesión extraordinaria, la propuesta del ejecutivo estatal para ratificar al maestro
Emeterio López Márquez en la titularidad de la Procuraduría General de Justicia; por el mismo motivo no se incluyó la solicitud de licencia temporal de la diputada
Marina Garay Cabada .
En el primer periodo de sesiones extraordinarias del primer año de ejercicio constitucional que se prolongó por más de cuatro horas, los diputados acordaron solicitar al ejecutivo de la entidad instruya a los titulares de la Secretaría de Finanzas y Planeación, Rafael Murillo, y de la Contraloría General,
Susana Torres Hernández , comparezcan ante la Comisión Permanente de Vigilancia, conforme al calendario establecido, para informar sobre la disolución del
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Se acordó también invitar al ciudadano
Rafael Herrerías Olea para que comparezca ante la misma Comisión Permanente, conforme al calendario establecido, para explicar acerca de la cesión de derechos en su calidad de fideicomitente y fideicomisario B al gobierno del estado.
En la sesión plenaria, se reformó el artículo 142 apartado A, fracción X, inciso a), b), c) y e) del Código Financiero y los artículos 83 y 89 de la Ley de Tránsito y Transporte, para establecer de manera puntual que las concesiones de transporte público serán otorgadas exclusivamente por el gobernador del estado y mediante acto público, con el fin de erradicar las practicas que han venido haciéndose una costumbre en la Dirección General de Tránsito y Transporte.
En cuanto a la modificación del Código Financiero resulta de primordial importancia, ya que con ello se regresaría al aspecto social del origen mismo de una concesión del servicio de transporte público, al reducir las tarifas vigentes, con el fin de que los verdaderos trabajadores del volante estén en condiciones de adquirir una de éstas, que les proporcionen un patrimonio familiar y una manera honesta de vivir.
Se aprobaron las reformas a los artículos 26 fracción IV y 58 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 36 fracción VI y 84 párrafo primero y fracción II y que adiciona un párrafo segundo a la fracción III del artículo 84 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, para establecer, entre otros aspectos, que en la elaboración de las actas de las sesiones del Congreso, serán firmadas después de ser aprobadas por el Pleno o por la Diputación Permanente y asentarlas en el libro respectivo, debiendo ser turnadas, por conducto de la Secretaría General del Congreso, al área encargada del Diario de los Debates, para su incorporación y publicación, así como para difundirlas a través de la página en Internet de la Legislatura.
En caso de que el Congreso sesionare en la víspera de la conclusión del periodo constitucional de la Legislatura correspondiente, antes de terminar la sesión se declarará un receso en el que se elaborará el acta respectiva, se pondrá a consideración y aprobación del Pleno y, una vez aprobada, se firmará y registrará conforme a lo establecido.
Se reformó el artículo 5 de la Ley del Sistema Estatal del Deporte, para disponer que quedan excluidas del Sistema Estatal del Deporte, las actividades deportivas del orden profesional y las actividades de promoción, organización, desarrollo y participación en materia de deporte que se realicen con ánimo de lucro.
Podrán inscribirse en el Sistema los deportistas profesionales que deseen participar en competencias nacionales e internacionales que representen oficialmente el deporte del Estado y aquellas que se realicen sin ánimo de lucro. Dichos deportistas deberán cumplir con las disposiciones reglamentarias para tales competencias.
Durante la sesión extraordinaria, se abrogó la Ley de Juntas de Mejoramiento Moral, Cívico y Material y se derogó la fracción XXIII del artículo 18 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, toda vez que se consideró obsoleta, además que la Ley Orgánica del Municipio Libre sólo reconoce como organismos auxiliares a los comités y patronatos, quienes tienen la libertad de proponer al ayuntamientos la realización de obras y actividades propias de cada comunidad.
Por otra parte, se propusieron a los ciudadanos que desempeñarán el cargo de Consejeros Electorales integrantes del Consejo General del
Instituto Estatal Electoral de Veracruz, para el proceso electoral extraordinario a celebrarse en el año en curso en el Municipio de Landero y Coss, quedando de la siguiente manera:
Propietario:
Carolina Viveros García ; Suplente:
Daniel Manuel Montiel González .
Propietario:
Rodolfo González García ; Suplente:
Gabriel Pavón Camacho .
Propietario:
Javier Yáñez Vázquez ; Suplente:
Luis Arturo Solís Bravo .
Propietario:
Hilda Almora Gómez ; Suplente:
Francisco Galindo García .
Propietario: Héctor Amezcua Cardiel; Suplente: Marisol Alicia Delgadillo Morales.
Asimismo, se designó a la ciudadana
Carolina Viveros García , para el desempeño del cargo de Consejero Presidente del Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano durante el proceso electoral extraordinario a realizarse en este año.
En otro punto del orden del día, se autorizó al Gobierno del Estado enajenar en favor de la Secretaría de Marina, el inmueble de propiedad estatal conocido como "Hotel Tajín", ubicado en el Municipio de Tuxpan, Ver., de acuerdo al precio que establezca el avalúo realizado por el Instituto de Administración de Avalúos de Bienes Nacionales.
Por acuerdo del Pleno, se sustituyó al diputado Miguel Angel Yunez Márquez, secretario de la Comisión Permanente de Organización Política y Procesos Electorales, por el diputado Sergio Ortiz Solís.
30/03/05
Nota 33786