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Tránsito del Estado llevará a cabo la aplicación del cuestionario-diagnóstico a taxistas.
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A+ A- Xalapa, Ver.- La Dirección de Tránsito y Transporte del Estado decidió continuar con la aplicación de un cuestionario-diagnóstico a tenedores de órdenes de emplacamiento en la modalidad de taxi entregadas en el ejercicio 2003-2004 por la administración anterior, aún teniendo conocimiento de la reticencia a su aplicación expresada por algunos dirigentes del gremio taxista.
Con ello, la dependencia acata las observaciones hechas por la Contraloría General del Estado, derivadas de la auditoría practicada al proceso de entrega de placas para el servicio de transporte público en sus diversas modalidades.
Esta acción es parte del programa de revisión y regularización de la situación legal de los expedientes que se integraron a los solicitantes de concesiones, para que estén en posibilidades de obtener derechos en la prestación de esa modalidad de servicio de transporte público, y a efecto de concluir el procedimiento de otorgamiento de concesiones.
En un comunicado de prensa, la Dirección General de Tránsito y Transporte del Estado (DGTTE) señala que la sociedad veracruzana exige esclarecer quiénes fueron los destinatarios finales de las órdenes de emplacamiento.
Lo anterior además implica congruencia con aquello a lo que se comprometió el gobernador
Fidel Herrera Beltrán al suscribir el Acuerdo de Gobernabilidad para el Desarrollo, en el sentido de ejercer recursos públicos y actos de gobierno con transparencia, combatir la corrupción y modernizar las instituciones de seguridad pública, de procuración de justicia y del Poder Judicial, así como aplicar de forma irrestricta la ley para sancionar a los servidores públicos estatales y municipales que resulten responsables en la revisión de la cuenta pública 2003 y 2004.
En el documento, la DGTTE manifiesta a la opinión pública su obligación de dar certidumbre jurídica a quienes aspiren a prestar un servicio que es de interés público, pues en este caso el mencionado proceso de entrega de concesiones careció de legalidad, y enumera una serie de irregularidades.
Por ejemplo, la Comisión Interinstitucional para la Regularización del Autotransporte en Veracruz, que entregó las concesiones, no tenía atribuciones legales, pues la facultad para calificar y resolver sobre este particular es exclusiva de la autoridad administrativa, es decir, del Secretario de Seguridad Pública, de acuerdo con el artículo 18 ter fracción XI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; los artículos 9 y 89 de la Ley número 579 de Tránsito y Transporte para el estado de Veracruz y el artículo 11 fracción XIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública.
Dicha comisión se creó por Decreto del Ejecutivo del Estado publicado en la Gaceta Oficial el 6 de diciembre de 2002, y en él se designó como miembros a los titulares de las Secretarías de Seguridad Pública, Gobierno, Finanzas y Planeación, Desarrollo Económico, Desarrollo Regional, de la Contraloría General y de la DGTTE como secretariado técnico, pero el 4 de febrero de 2003 se dio por instalada dicha comisión con servidores públicos diferentes de los titulares de estas dependencias, lo que constituye la primera irregularidad.
Se señala además que en el periodo comprendido entre febrero de 2003 y noviembre de 2004 se llevaron a cabo reuniones de la comisión con servidores públicos que no tenían facultades para hacerlo, quienes entregaron supuestas concesiones que al final hicieron un total de ocho mil 83 expedientes integrados inadecuadamente.
Tales órdenes de emplacamiento contravienen lo establecido en los artículos 89 de la Ley número 579 de Tránsito y Transporte para el Estado de Veracruz y 161 fracción II del Reglamento, que establecen la práctica de estudios socioeconómicos y técnicos sobre la necesidad del otorgamiento de la concesión y aplicación de un examen a cada solicitante.
Se trastocó el orden jurídico, afirma el comunicado, pues al proceder a la entrega de placas con base en las órdenes de emplacamiento mal integradas se impidió el cumplimiento de la obligación consignada en el artículo 173 fracción V del Reglamento de la Ley de Tránsito y Transporte. Se entregaron juegos de placas y no así el título que otorga el Gobierno del Estado para que una persona proporcione el servicio de transporte público en cualquiera de sus modalidades.
Por todo ello, finaliza el documento, la DGTTE puntualiza que continuará realizando lo que en estricto apego a derecho corresponda con el único ánimo de responder la sociedad en sus legítimos intereses.
05/06/05
Nota 35543