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Adición a diversas disposiciones de la ley de tránsito y transporte. Duck Núñez.
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A+ A- Xalapa, Ver.- El Vicecoordinador del Grupo Legislativo del
Partido Acción Nacional de la Congreso Local, Mauricio Duck comentó que el 1º. De octubre del 2004, la LIX Legislatura del Estado modificó el artículo 10 de la Ley de Ingresos para facultarle al entonces Gobernador endeudarse por los 3,500 millones de pesos, que por mucho excedía el tope endeudamiento estatal, trayendo como consecuencia el excesivo y todavía inexplicable endeudamiento heredado a la actual administración estimado en 12,000 millones de pesos.
Por lo anterior y con la finalidad de evitar endeudamientos como el que se dio en la Administración pasada en sesión del día de hoy se aprobó la modificación a dicho artículo para poner un tope de endeudamiento neto hasta por el monto equivalente al 5% del total de los ingresos ordinarios que se obtengan en el ejercicio fiscal correspondiente, teniendo como candado el que siempre se destine a inversiones públicas productivas y que no exceda el periodo constitucional de la presente administración.
La garantía de pago podrá ser las participaciones federales y los ingresos estatales excluyendo los ingresos del 2% a la nómina y al hospedaje.
De igual manera comenta el Diputado Panista fue aprobado, el dictamen con proyecto de Decreto que reforma el artículo 10 de la Ley de Ingresos del Estado de Veracruz, para el ejercicio fiscal 2005, con lo que se pretende regular el otorgamiento de créditos para el Estado, con cargo a las participaciones federales, estableciendo para ello como limitante hasta un 5% del total de los ingresos ordinarios que se obtengan en el ejercicio fiscal correspondiente, para ser destinado a inversiones públicas productivas.
Asimismo se aprobó la Ley de Desarrollo Integral de la Juventud, con el objeto de proteger y establecer los derechos de los jóvenes veracruzanos, entre los que destacan: derecho a la dignidad; a la libertad; a la identidad, certeza jurídica y familia; a la autorrealización, integración y participación en la toma de decisiones de interés público; a la salud, entre otros, mismos que tanto en nuestra
Carta Magna Federal y local.
Se pretende a la vez regular en la ley respectiva, el funcionamiento del Instituto de la Juventud Veracruzana, el cual se constituye como un organismo público descentralizado, autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, teniendo como principal objeto planear, promocionar y aplicar las actividades de atención y asistencia que coadyuven al desarrollo integral de la juventud en el estado.
Cabe citar, que figura de entre sus atribuciones la de promover e impulsar la creación anualmente del Parlamento de la Juventud Veracruzana, para que los jóvenes de nuestro estado puedan proponer, opinar y participar activamente en el desarrollo de Veracruz.
Asimismo Duck Núñez comenta que fue presentado por las Comisiones Unidas de Transporte, Tránsito y Vialidad y de Justicia y Puntos Constitucionales, el dictamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de número 579 de Tránsito y Transporte para el estado de Veracruz; y que reforma el artículo 276 del Código Número 586 Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz, mediante el cual quedó aprobada la modificación de la edad, a un mínimo de 21 años para quien pretenda obtener la licencia en la categoría de chofer, así como sancionar a aquellos prestadores del servicio de transporte público cuando violenten las disposiciones legales al respecto, al incrementarles la pena corporal, la multa y la suspensión del derecho a conducir vehículos automotores, o bien, la privación definitiva del derecho a manejar al conductor que resulte penalmente responsable por la comisión del delito, por lo que se pretende brindar al usuario del servicio de transporte público mayor seguridad y protección jurídica.
De igual manera comenta el Presidente de la Comisión de Justicia y Puntos Constitucionales, Mauricio Duck que después del estudio y análisis del expediente respectivo, señaló el diputado Mauricio Duck como Presidente de la citada comisión se dictaminó procedente aprobar el nombramiento del
Licenciado Onésimo Fernández Campos , como Magistrado del Tribunal Superior de Justicia del Estado puesto que es veracruzano por nacimiento, ha residido en la Entidad durantes los dos años anteriores al del día de la designación, tiene mas de treinta y cinco años, posee título de Licenciado en Derecho expedido por la Universidad Veracruzana, tiene una antigüedad de más de cinco años en dicha profesión, cuenta con experiencia judicial, goza de buena reputación, no ha sido condenado por delito que amerite pena corporal, no pertenece al estado eclesiástico, no es ministro de algún culto religioso, no ha sido Secretario de Despacho o su equivalente, no ha sido Procurador General de Justicia, Senador, Diputado Local o Federal, ni Presidente Municipal, durante el año previo al día de su nombramiento, es decir cuenta con todos los requisitos que marca el artículo 58 de la Constitución Política del Estado de Veracruz.
Ya para finalizar el
Diputado Duck Núñez informó que la Comisión de Justicia y Puntos Constitucionales, fue la encargada de emitir el dictamen de aprobación para la creación del Instituto de la Policía Auxiliar y Protección Patrimonial, misma que se crea con la finalidad de darle transparencia a los ingresos que se perciben por la prestación de los servicios, y que este deje de ser la caja chica del Gobierno del Estado, además de considerar que cuenta con un número de elementos mayor al de la Secretaría de Seguridad Pública, dijo además, que se crea como un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuyo domicilio será Xalapa, y su principal objeto, prestar servicios de seguridad a empresas e Instituciones establecidas en el Estado o que el destino final sea Veracruz, los principales servicios que prestará son: seguridad y protección de personas, protección y vigilancia interna de lugares y establecimientos públicos y privados, custodia de bienes y valores, incluyendo su traslado, vigilancia y seguridad de eventos públicos y de particulares, capacitación y adiestramiento a personas y empresas, en materia de seguridad privada e industrial, servicios de asesoría y consultoría en seguridad privada e industrial, comercialización de equipos para vigilancia, seguridad privada, seguridad industrial, tecnológica, para oficinas, comercios y casas habitación como son monitoreo y sistemas de alarmas, excluyendo todo tipo de armas, auxilio a las instituciones de seguridad pública, en la realización de sus funciones, cuando éstas lo soliciten.
28/07/05
Nota 36846