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Reforman además el Artículo 117
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A+ A- Malú Sánchez Pozos .
El Pleno del Congreso del Estado declaró aprobadas las reformas a los artículos 26 y 49 de la
Constitución Política Local , luego de conocerse el voto aprobatorio de 117 ayuntamientos de la entidad, de conformidad con el artículo 84 de la propia Constitución.
Estas reformas, que fueron discutidas ampliamente en sesiones ordinarias del 31 de enero y 19 de mayo de este año, establecen que el Presupuesto proyectado por el Gobierno del Estado, en relación con los Ingresos y Egresos del año siguiente, sea presentado ante el Congreso entre el seis y diez de noviembre. Cuando sea año de renovación del Congreso, el Ejecutivo estatal tendrá los primeros quince días hábiles de noviembre para presentarlo. En caso de que el día quince de noviembre sea inhábil, el término se trasladará al día hábil inmediato siguiente.
En el Tercer Periodo de Sesiones Extraordinarias del Primer Año de Ejercicio Constitucional, los diputados locales aprobaron por unanimidad el Dictamen con Proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley de Tránsito y Transporte, para que la Dirección General de la materia dependa de la Secretaría de Gobierno, a fin de conjuntar las funciones para una mayor sensibilidad y trato directo de los problemas en la materia y privilegiar el diálogo y la negociación, en aras de una mayor eficiencia y eficacia en la solución de los conflictos.
Asimismo, se reformaron diversas disposiciones de la Ley de Tránsito y Transporte, para establecer que los transportistas de la entidad puedan constituir un
Consejo Técnico Estatal de Transporte, como órgano auxiliar de estudio y opinión técnica para el mejoramiento en la prestación de los servicios de este ramo. El Consejo podrá intervenir en los conflictos de carácter individual o colectivo que afecten los intereses internos de los transportistas y su objetivo será beneficiar a los usuarios del servicio, como órgano de vinculación administrativa entre el Gobierno del Estado y prestadores del servicio.
En la sesión extraordinaria, se aprobaron 4 Minutas Proyecto de Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los
Estado Unidos Mexicanos , enviadas por el H. Congreso de la Unión.
Los artículos 46, 73, 76 y 105, para que el Senado tenga la facultad de autorizar, con el voto aprobatorio de las dos terceras partes de los individuos presentes, los convenios amistosos que sobre sus respectivos límites celebren las entidades federativas, así como resolver de manera definitiva los conflictos sobre límites territoriales de las entidades federativas que así lo soliciten, mediante decreto aprobado por el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes.
Los artículos 14 y 22, a fin de abolir en el sistema jurídico mexicano la pena de muerte, proteger el bien jurídico tutelado que es la vida y salvaguardar los derechos inalienables de los individuos.
Respecto a la reforma del artículo 18 Constitucional, para disponer que la Federación, los Estados y el Distrito Federal deberán establecer un sistema integral de justicia que será aplicable a quienes se atribuya la realización de una conducta tipificada como delito por las leyes penales y tengan entre doce años cumplidos y menos de dieciocho años de edad.
El artículo 73 de la Constitución Federal, para establecer que los órganos federales y estatales encargados de la procuración de justicia puedan conocer conjuntamente de ciertos delitos del orden federal, de manera que cuenten con facultades para investigarlos, perseguirlos ante los tribunales que correspondan, mismos que también estarán facultados para conocer de los procesos respectivos e imponer las sanciones procedentes; esta reforma será complementada, en materia de delitos y faltas contra la Federación, con modificaciones a leyes secundarias, cuyo propósito es hacer extensivo a toda la Nación el combate al narcotráfico, en el cual los Estados de la Federación puedan realizar actividades de prevención, investigación, persecución y sanción del comercio, suministro o posesión ilícita de estupefacientes o sustancias psicotrópicas, cuando se pretenda distribuir éstos en dosis individuales.
El Pleno Legislativo autorizó al Gobierno del Estado constituir una Sociedad Mercantil de Responsabilidad Limitada para operar los Hoteles Xalapa y Chachalacas, ubicados en esta Ciudad de Xalapa y el Poblado de Chachalacas del Municipio de Úrsulo Galván, en la que fungirían como socios, el IPE con el 99% del capital y el Gobierno de la entidad, a través de la Secretaría de Finanzas y Planeación, con el 1%, en términos de los lineamientos que en materia de rendición de cuentas y autorizaciones establezcan las leyes aplicables.
29/09/05
Nota 38411