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Vicente Fox ha hecho cambio en algunas "cosas" a la ley de radio y tv.
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A+ A- En una edición vespertina del Diario Oficial de la Federación, la Secretaría de Gobernación publicó hoy el nuevo reglamento de la Ley Federal de Radio y Televisión, en el que se confirma la eliminación del llamado tiempo fiscal o 12.5 por ciento.
El nuevo reglamento fue publicado minutos después de que el
Presidente Vicente Fox confirmara las modificaciones durante una comida con la Cámara de la Industria de la Radio y Televisión.
Junto con el reglamento, se publican las modificaciones al decreto del 31 de diciembre de 1968, que establecía el impuesto a los concesionarios de la radio y la televisión.
Entre los considerados mencionados para llevar a cabo estas modificaciones, Gobernación establece que es necesario ofrecer certeza y seguridad jurídicas a los concesionarios de estaciones de radio y televisión, previendo una nueva forma en la que, en el futuro y en atención a su función social, los concesionarios puedan dar cumplimiento a sus obligaciones fiscales.
En lugar del 12.5 por ciento de su tiempo de transmisión establecido en 1968, se establece ahora que los concesionarios pagarán su contribución con 18 minutos diarios de transmisión, en el caso de estaciones de televisión, y con 35 minutos diarios en caso de las radiodifusoras.
Ese tiempo se utilizará para la difusión de materiales grabados del Poder Ejecutivo federal con una duración de 20 a 30 segundos, "sin que ello implique que haga transmisiones que constituyan una competencia a las actividades inherentes a la radiodifusión comercial".
Se precisa que cuando el Gobierno realice campañas de interés colectivo, promoviendo el mayor consumo de bienes y servicios, los hará en forma genérica; la radiodifusión comercial se ocupará de la publicidad y propaganda de marcas, servicios o empresas específicas.
"Si el Ejecutivo federal no utilizare, total o parcialmente, tales tiempos para transmisión, deberá hacerlo el concesionario para sus propios fines, a efecto de no interrumpir el servicio de radiodifusión", destaca el decreto.
Los tiempos de transmisión referidos serán distribuidos de manera proporcional dentro del horario de las 6:00 a las 24:00 horas en cada radiodifusora o televisora, eliminando así las transmisiones oficiales de madrugada.
11/10/02
Nota 4288