Durante el segundo año de ejercicio constitucional, el Congreso del Estado aprobó reformas importantes.

Congreso del Estado aprobo reformas importantes durante su segundo año de gestiones.
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Por: Edgar Gómez.
Durante el Segundo Año de Ejercicio Constitucional de la LX Legislatura del Congreso del Estado que inició el 5 de noviembre del año pasado con la presidencia de la Mesa Directiva a cargo del diputado Ramiro de la Vequia Bernardi; vicepresidencia, José Adrián Solís Aguilar , y secretaría, Gladys Merlín Castro , los legisladores locales han aprobado importantes leyes y reformas a diversos ordenamiento legales, además del Presupuesto de Egresos, Ley de Ingresos del Gobierno del Estado y las Leyes de Ingresos de los 212 municipios para el ejercicio fiscal 2006.

Asimismo, fueron aprobados los Informes del Resultado de las Cuentas Públicas 2004 de cada uno de las dependencias, organismos descentralizados y fideicomisos del Poder Ejecutivo, así como del Poder Judicial, Universidad Veracruzana, Comisión Estatal de Derechos Humanos e Instituto Electoral Veracruzano , además de diversos ayuntamientos.

El 15 de noviembre de 2005, la Mesa Directiva, a nombre de la LX Legislatura Local, recibió de manos del titular del Poder Ejecutivo Estatal , Fidel Herrera Beltrán , el Primer Informe de Gobierno 2004-2005, que constituye el compendio de los avances logrados en la entidad, tanto en el aspecto político como de obra pública y social.

Así, en el primer periodo de sesiones ordinarias y en lo que va del segundo periodo se aprobó la nueva Ley de Turismo, que tiene como propósito contar con marco jurídico actual, eficaz y eficiente que regule al sector turístico y procure su desarrollo de manera sustentable. Esta ley establece la planeación de actividades turísticas, promoción, fomento, inversión y desarrollo del turismo en cualquiera de sus modalidades dentro del Estado, buscando mejorar la calidad y nivel de vida de los habitantes.

Se aprobó también la Ley del Himno al Estado de Veracruz, para reafirmar y preservar el patrimonio, valores, riqueza cultural y artística de la entidad; se establece promover un homenaje al pueblo veracruzano, destacar las particularidades del Estado en el contexto nacional y reflejar la visión de futuro a través del Himno.

De suma importancia resultó la aprobación de la Ley de Desarrollo Forestal Sustentable para el Estado, que regula y fomenta las acciones de conservación, protección, restauración, producción, ordenación, cultivo, manejo y aprovechamiento que se realicen sobre los ecosistemas forestales, los servicios ambientales que estos ofrecen, las cuencas hidrológicos forestales y los recursos forestales maderables, independientemente del sitio en que se ubiquen estos últimos, para propiciar el desarrollo forestal sustentable de la entidad, así como determinar las atribuciones que corresponden al Ejecutivo Estatal y a las autoridades de los municipios responsables de su aplicación.

De igual manera se aprobó la nueva Ley Reglamentaria del artículo 84 de la Constitución Política del Estado en materia de reformas constitucionales parciales, que precisa el procedimiento que se seguirá en el Poder Legislativo y en los ayuntamientos de los municipios.

En este año, se aprobaron los Códigos Hacendarios de los Municipios de Xalapa y Alvarado, que permitirá fortalecer las haciendas públicas de estos ayuntamientos al contar con un ordenamiento hacendario que se adecua a las características especiales del municipio y las necesidades propias de sus habitantes y gobierno, vigorizando la actividad financiera del mismo, su capacidad recaudadora traduciéndose en mejores servicios para la población.

Por otra parte, los diputados locales han reformado diversos ordenamientos legales que han permitido enriquecer el marco jurídico de Veracruz.

Entre estas reformas se encuentran las realizadas a diversos artículos de la Ley de Salud, para proporcionar el servicio a la protección social en salud a todos los veracruzanos que no tengan IMSS o ISSSTE, contando con un seguro popular y la disponibilidad en todos sus niveles de atención a las familias más vulnerables, evitando la postergación y consecuente agravamiento de enfermedades por motivos económicos, además de fortalecer el sistema público de salud para reducir la brecha entre las familias derechohabientes de la seguridad social y los que no lo son.

Asimismo, se reformó el artículo 39 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, que crea las Comisiones de Transporte, Tránsito y Vialidad y de Comisión de Turismo como órganos permanentes del Congreso del Estado.

En la reforma al artículo 66 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, se actualiza el marco normativo de esta Soberanía a fin de hacer la entrega eficaz de los asuntos turnados a las Comisiones y agilizar los trámites respectivos para que sean oportunamente discutidos en las sesiones Plenarias o de la Permanente; de esta manera se establece que la Presidencia y la Secretaría General del Congreso entregarán el expediente oficialmente a la Comisión a más tardar tres días hábiles siguientes de la sesión del Pleno o de la Diputación Permanente en que se haya turnado el asunto respectivo.

El artículo 142 del Código Financiero fue reformado para establecer el pago de 3 salarios mínimos de la Revista Vehicular anual del Transporte Público en cualquier de sus modalidades y 20 salarios mínimos para la realización de los estudios de modificación y/o ampliación de las rutas de transporte público en las diversas modalidades; así también el artículo 1 de la Ley de Ingresos del Municipio de Xalapa del ejercicio fiscal 2005, con la finalidad de adecuar los montos correspondientes al rubro de ingresos propios, pudiendo de este modo realizar los trámites administrativos apegados a la normativa aplicable.

Con la reforma al artículo 18 Bis y la fracción VII del artículo 18 Ter de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se transfieren todos los recursos financieros, humanos y materiales que tienen asignados tanto la Dirección General de Tránsito y Transporte como el Instituto Veracruzano del Transporte, a la Secretaría de Gobierno.

Las reformas a los artículos tercero y cuarto Transitorios de la Ley de Coordinación Fiscal para el Estado y los Municipios, establecen que para el ejercicio fiscal del año 2006, los fondos de participaciones que señala el artículo 9, así como las participaciones que dispone el artículo 14 de esta ley, se distribuirán a los municipios mediante la aplicación de los factores vigentes en 2005, en sustitución de los porcentajes referidos en el artículo 10 de este mismo ordenamiento.

De igual modo se reformó el artículo 117 del Código Hacendario para el Municipio de Veracruz, con la finalidad de establecer, mediante la actualización en dicho ordenamiento de las tasas sobre las cuales calcularán el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, mayor congruencia entre las contribuciones realizadas por los ciudadanos de dicho municipio, al fijar en su propuesta una estrecha vinculación entre las características y valor del inmueble con la tasa sobre la cual se calculará el impuesto.

De trascendencia resultaron las reformas a diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, para llevar a cabo el Programa Integral de Ingeniería de la Administración Pública Estatal . De esta manera, se establece, entre otros aspectos, convertir la Secretaría de Desarrollo Regional en Secretaría de Desarrollo Social y Medio Ambiente, transformación que responde a la necesidad de profundizar en el combate a la pobreza como al deterioro del entorno ambiental. Dentro de las funciones de esta Secretaría se encuentra la de desarrollar, supervisar y evaluar la operación del Sistema para el Desarrollo Humano y Familiar de los Veracruzanos, nueva denominación que adquiere el actual Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF). Asimismo, se crea la Secretaría de Turismo y Cultura a fin de impulsar la actividad turística en la entidad y promover, ejecutar, coordinar y supervisar los planes y programas culturales de Veracruz, por lo que la actual Secretaría de Educación y Cultura se modifica al quedar sólo como Secretaría de Educación. Por otro lado, se precisan las atribuciones de otras Secretarías que sufren modificaciones, además de que la actual Coordinación General de Comunicación Social pasa a ser Dirección General.

Por otro lado, el Pleno Legislativo aprobó la reforma al artículo 51 de la Ley de Ejecución de Sanciones, para que los reos sentenciados mayores de 70 años, que no hayan cometido delitos considerados como graves, purgarán sus sentencias en su domicilio con las limitantes que establezca la propia Dirección General, en concordancia a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 83 del Código Penal.

De igual modo, reformó la Ley de Desarrollo Regional y Urbano, para establecer la edificación de vivienda vertical como una alternativa que permitirá aprovechar óptimamente el suelo así como la infraestructura y los servicios ya existentes, reduciendo el costo que implica invertir en extender varios kilómetros los servicios públicos, como son el drenaje, el agua potable, la electrificación, vialidades, seguridad pública entre otros y poder atender mejor las necesidades de una población bien ubicada y menos dispersa.

Con la reforma al artículo 699-A del Código de Procedimientos Civiles, se precisa que a elección del promoverte podrá tramitarse la jurisdicción voluntaria ante Juez competente o Notario Público para el caso de acreditar hechos conocidos o acreditar situaciones jurídicas.

La aprobación de la reforma al artículo 10 de la Ley del Sistema Estatal del Deporte, establece la regulación de los establecimientos y centros deportivos, de la iniciativa privada, donde se desarrollan actividades deportivas y de acondicionamiento físico, a fin de que garanticen la promoción de la cultura física, la salud integral y la disciplina deportiva.

En tanto, la reforma al artículo 39 de la Ley de Asistencia Social y Protección de Niños y Niñas, dispone que el Congreso del Estado a través de las Comisiones Permanentes de Juventud y Deporte, de Derechos Humanos y Atención a Grupos Vulnerables y de Educación y Cultura, el Ejecutivo del Estado por conducto de la Secretaría de Educación, la Comisión Estatal de los Derechos Humanos y el Sistema Integral de la Familia del Estado a través del Consejo Estatal de Asistencia Social y Protección de Niños y Niñas, se encarguen de la organización del Parlamento de Niñas y Niños de Veracruz y se efectúe anualmente en el mes de abril.

Fueron aprobadas diversas reformas de la Ley Orgánica del Municipio Libre, a fin de modernizar las estructuras administrativas, así como la descentralización y redistribución de funciones y responsabilidades en el marco de la autonomía municipal, al complementar la facultad del síndico del ayuntamiento, dándole la atribución de coadyuvar en la labor de Contraloría Interna de los municipios, así como llevar a cabo actos procesales previo acuerdo del Cabildo.

El Congreso del Estado reformó también diversas disposiciones de la Ley de Aguas, para establecer con claridad las instancias responsables de la gestión del recurso e introducir como una nueva responsabilidad, además de la generación del mismo, las actividades de forestación, reforestación, identificación de zonas de recarga de mantos y el pago de servicios ambientales. Con estas reformas se redefine al Consejo del Sistema Veracruzano del Agua, integrando en su conformación al secretario de Salud, en calidad de vocal, y otorgándole a esta Soberanía, que designa al presidente de dicho organismo, la facultad de removerlo y de solicitar información no sólo en el supuesto que actualmente limitadamente tiene en el caso de que los municipios pretendan concesionar la prestación del servicio de agua potable, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales, sino ampliándolo en general sobre el servicio que estén prestando los organismos operadores y estableciendo además que dicho Consejo deberá remitir su informe de labores a esta Asamblea de Representación Popular. Asimismo, se establece que los períodos de determinación y pago de la cuota por el servicio sea mensual y no bimestral como actualmente se dispone, logrando además que la norma corresponda con la realidad social, propiciando la cultura del pago al establecerse en la misma ley como infracción a sus disposiciones el realizar campañas con el objeto de incitar a la población a incumplir con sus preceptos.

Las reforma al artículo 13 las fracciones XXII y XIII de la Ley de Educación, establece que en el Sistema Educativo del Estado se desarrollen programas que fomenten en los alumnos el consumo de alimentos con alto valor nutricional y establezcan, en coordinación con la Secretaría de Salud, las condiciones que deberán cumplir los alimentos que, en los planteles educativos, se provean a los menores de edad; asimismo, se eviten la venta o consumo de alimentos con bajo o nulo valor nutricional en las tiendas escolares.

Con el propósito de optimizar los trámites administrativos apegados a la normativa aplicable en la materia, se reformó la Ley de Ingresos y Código Hacendario del Municipio de Veracruz.

Asimismo, la reforma al artículo 5 de la Ley del Sistema Estatal del Deporte, establece que el Congreso del Estado autorizará al titular del Poder Ejecutivo, a través del Instituto Veracruzano del Deporte, apoyos económicos para los equipos profesionales en los que tenga participación económica y social, que no podrán exceder, en forma conjunta, el cero punto uno por ciento (0.1%) del presupuesto de egresos aprobado. En tal sentido, las personas que reciban dichos apoyos, se constituirán en unidades presupuestales para efectos del Código Financiero y tendrán las obligaciones que respecto de las entidades paraestatales establece el referido Código; por consiguiente, remitirán mensualmente al Congreso del Estado un informe que especifique los estados financieros realizados en el ejercicio fiscal en que sus actividades sean apoyadas por el Gobierno del Estado.

La reforma al artículo 3 de la Ley de Caminos y Puentes del Estado, regula la colocación de espacios publicitarios a lo largo de los puentes de jurisdicción estatal, con la finalidad de que no se confundan con las señales destinadas a los conductores.

El artículo 114 reformado del Código Financiero, actualiza la integración del Comité Técnico del Fideicomiso para la Prestación de Servicios de Hospedaje, a fin de que en su composición estén presentes, junto a los representantes de los sectores sociales y productivos, los de aquellas dependencias del Ejecutivo estatal que participen en la responsabilidad de favorecer el cumplimiento de los objetivos propios del Fideicomiso.

La reforma al artículo 154 Bis de la Ley de Salud, establece que en caso de fallecimiento de personas en hospitales públicos o centros de asistencia social de la Secretaría de Salud del Estado, los familiares que no tengan capacidad o posibilidades económicas para solventar los gastos que hayan originado la estancia del fallecido, la Secretaría condonará los gastos correspondientes.

06/07/06 Nota 45264 

Repechaje!
Aprueba el Congreso, Combate a la Discriminación de la Mujer indígena.
Aprueba el Congreso la Ley del Himno a Veracruz.
Reforman Diputados del Congreso del Estado el artículo 154 Bis de la Ley de Salud.
Aprueba el pleno del Congreso del Estado artículos de la Constitución Política Local.
Reforman diversas disposiciones de la ley de aguas en el pleno del congreso.
El SAT instrumentará los cambios al Código Fiscal de la Federación aprobados por el Congreso de la Unión.
Falla Gobierno del Estado a Favor de la Sociedad Cooperativa El Encinar.
Festejan en el congreso a niños.
No Se Responderá a la Violencia con Más Violencia; Aquileo.


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