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La prolongación de norte 10 esta casi pavimetada.
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A+ A- rizaba, Ver.- Ante la inconstitucionalidad del Código No. 302 Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz, 135 pequeños comerciantes solicitaron amparo ante la justicia federal, pero serán más, ya que al fin se dan cuenta que afecta a los causantes, porque hay retroactividad en algunos artículos que al aplicarlos y si hay error en declaraciones de años anteriores, deberán pagar la diferencia en la Tesorería Municipal, declaró
Guillermo Trujillo Martínez , representante de la Asociación del Pequeño Comercio en la Zona Centro, quien consideró que esto es "terrorismo fiscal".
Explicó el dirigente que la Suprema Corte de Justicia de la Nación es muy clara en tratándose de juicios de amparo: "ella ha establecido dos supuestos genéricos de procedencia de acción, los relativos a las leyes autoaplicativas y a las leyes heteroaplicativas.
Respecto a estas últimas, dijo que la demanda puede presentarse dentro de los 15 días hábiles siguientes en que se de el acto de aplicación o al día en que se resuelva el recurso interpuesto en contra de dicho acto. Lo anterior viene en los artículos 21 y 73, fracción 12 de la Ley de Amparo; es decir, todas aquellas personas que el ayuntamiento los llame o les mande un escrito para que se presenten a la Tesorería y de alguna manera les digan ‘Tú te tienes que inscribir en el Padrón del Ayuntamiento porque el artículo 61 de la Ley y demás, dicen que tú como comerciante tienes que hacerlo, o tú que tienes anuncios como ahora la CANACO lo ha dicho porque ya se han dado cuenta de lo lesivo que también son para ello este tipo de acciones de este Código, tienen el derecho de acogerse no sólo a los 30 días que originalmente se presentaron con oportunidad a partir de que entró en vigor esta ley.
Agregó que los contribuyentes tienen la oportunidad de que una vez que los llamen para inscribirse, si no están de acuerdo con lo que dice el Código Hacendario, tienen 15 días hábiles para que puedan interponer su recurso de Amparo en el Palacio Federal de Justicia de Veracruz, que es lo que los mini comerciantes han hecho desde enero pasado.
Aclaró Trujillo Martínez que esta ley o Código no da pie para negociaciones, porque es muy claro que no lo permite.
Luego señaló que esa ley viola la Constitución General de los
Estados Unidos Mexicanos porque cobra en exceso lo que no se gana, es inequitativa y va en detrimento del comerciante e incluso lo puede obligar a cerrar su negocio.
Por ejemplo, dijo que a los comerciantes les van a pedir las declaraciones ante la SHCP de años anteriores para que se revisen en los ayuntamientos y en caso de que tales declaraciones tengan errores aritméticos o no hayan sido bien calculadas, y si sale un excedente, éste deberá pagarse en la Tesorería Municipal.
04/03/03
Nota 7606