|
• Debate inútil…
|
A+ A- • Debate inútil…
Por:
Alfredo Tress Jiménez .
El 28 de Junio de 2006, la LX Legislatura del Estado aprobó por mayoría (48 votos a favor del PRI - PAN y la mayoría del PRD; 1 voto en contra del PRD y 1 voto en abstención de Convergencia), el decreto # 564 que autorizó al titular del poder ejecutivo del estado, constituir un fideicomiso para colocar en el mercado bursátil mexicano, valores hasta por 8 mil millones de pesos, disponiendo para ello de los recursos provenientes de la Tenencia y Uso Vehicular durante 30 años.
El decreto establece hacer uso del 80% de la Tenencia o Uso Vehicular, impuesto federal que el estado recauda y lo aplica para gasto corriente, por la cantidad anual de $720 millones de pesos. Recursos económicos que el fideicomiso dispondrá anualmente del 2006 hasta el 2036.
De los 8 mil millones de pesos que recibió el gobierno del estado como adelanto por gravar por 30 años la tenencia vehicular a favor de un fideicomiso, recursos económicos que representan alrededor de $21´600 millones de pesos que se recaudarían durante 30 años, sin considerar los incrementos por el aumento en el aforo vehicular. Con los recursos obtenidos como adelanto se programó aplicarlos de la siguiente manera: 1.- Pago de la deuda directa contraída al final del gobierno de Miguel Alemán por $3´400 millones de pesos; 2.- Para cubrir los gastos relacionados con la estructuración y colocación de los valores, así como las reservas que dicha emisión estableció; esto es, por gastos en la administración del fideicomiso asignaron la cantidad de $1´820 millones de pesos; 3.- Los restantes $2´780 millones de peso se dispusieron para realizar 5 obras: (autopista Tuxpan - Tampico, obra que posteriormente se planteo que realizaría la Secretaría de Comunicaciones y Transportes del Gobierno Federal; Libramiento de Xalapa, obra que realiza una empresa extranjera; Distribución del agua potable del caudal Yuribia ubicado en la sierra de Soteapan para ampliar el suministro al municipio de Coatzacoalcos, obra declarada inviable; 1ª etapa de la planta potabilizadora en el municipio de Pueblo Viejo, obra inconclusa y el Libramiento Paso del Toro - San Julián, obra inconclusa).
De los 8 mil millones de pesos recibidos, el 65.25% se dispusieron para el pago de la deuda directa y gastos de administración. El 34.75% restante se dispuso para realizar obras que al final el 60% no se realizaron y el restante 40% se ha reportado como inconclusas.
De los recursos disponibles por no realizar 3 de las 5 obras programadas, se planteó modificar el decreto 564 que derivó en invertir $1´853.6 millones de pesos en otras obras, mismas que a la fecha no existe reporte de su ejecución.
Cabe destacar que el decreto establece en su artículo 3º fracción 8 la obligación del fiduciario de entregar un informe mensual, en la ejecución de las obras y de existir recursos disponibles, a las agencias calificadoras, a la bolsa mexicana de valores, a los representantes comunes, al Congreso del Estado y al fideicomitente, dentro de los primeros 10 días hábiles de cada mes durante la vigencia del fideicomiso (30 años), obligación establecida en el inciso "e" del artículo 6º. Esta disposición, por lo menos al Congreso del Estado, a la fecha se desconoce el estado que guarda el avance de las obras y la aplicación de los recursos.
El artículo 2º inciso "B" del decreto, establece que el fideicomiso bursátil permanecerá vigente independientemente de que: 1) se modifique la denominación de dicho impuesto o 2) se sustituya el impuesto por uno o varios nuevos impuestos que graven situaciones jurídicas o de hecho iguales o similares a las previstas en el impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos. En caso de que esto ocurra, los ingresos derivados de los nuevos impuestos u otro tipo de ingresos y sus accesorios, quedarán disponibles automáticamente al pago de la emisión de los valores convenidos en el decreto.
El mismo artículo en su inciso "C", establece que el ejecutivo del estado no deberá presentar ninguna iniciativa de ley o decreto que tenga por efecto desvirtuar o reducir el monto de las obligaciones que asuma el estado y el fideicomiso bursátil.
El artículo 6º inciso "B" señala que el fideicomiso será irrevocable y por lo tanto sólo podrá ser terminado una vez liquidado el compromiso económico hasta el 2036.
Ahora bien, el acuerdo que entregó el ejecutivo el pasado 2 de junio al Congreso del Estado, establece SUSTITUIR la recaudación del Impuesto Federal sobre Tenencia o Uso Vehicular, como lo establece el artículo 2º inciso "B" numeral 2 del decreto, por gravar los montos necesarios de las participaciones federales que le corresponden al estado de Veracruz a partir del 1º de enero de 2011. Especificando en el cuerpo del propio acuerdo, sin MENOSCABO de lo que establece el decreto # 564 aprobado por los diputados del PRI - PAN y la mayoría del PRD integrantes de la LX legislatura el 29 de junio de 2006.
Por lo tanto, es verdad que la propuesta del gobernador es eliminar el pago de la tenencia o uso vehicular ha partir del 1º de enero de 2011. Lo que no es cierto, es que se deje de pagar la deuda contraída por el gobierno del estado.
Lo que no se ha dicho, es que la propuesta que plantea el ejecutivo de Veracruz, es parcialmente viable, ya que a partir del 1º de diciembre de 2010 dejará de ser gobernador al igual que los diputados actuales y como consecuencia, el acuerdo enviado al congreso del estado deberá ser analizado por la siguiente legislatura y avalado por el nuevo gobernador.
Por lo tanto, podrán desaparecer la tenencia o uso vehicula, lo que no se podrá hacer por ningún gobernador es eliminar el pago hasta el 2036; o lo que es lo mismo, deuda que pagaremos los veracruzanos durante los próximos 4.2 gobiernos estatales, por lo que me parece inútil que se pretenda justificar lo injustificable. La bursatilización de la Tenencia o Uso Vehicular es deuda que debemos pagar las futuras generaciones. ¿Usted qué Opina?
alfredotress04@yahoo.com
07/06/10
Nota 80817