|
Sanción a todo aquel que desperdicie el agua.
|
A+ A- Mariano Escobedo, Ver.- Por acuerdo del cabildo el ayuntamiento llego a la determinación de imponer sanciones administrativas a todos aquellos que de manera irresponsable desperdicien el agua potable, bajo el sustento de los artículos 29 y 35 fracción X, XV inciso a de la ley orgánica del municipio libre y soberano de Veracruz, así mismo de los artículos 90 y 91fracción IX, XI, XII de la ley de Agua y Saneamiento para el estado.
Así lo manifestó el síndico municipal
Roberto Rivera Reyes , al precisar que esta medidas obedecen a que los pozos artesianos de la unidad Palmira y Puerta del Sol respectivamente han disminuido sus niveles estáticos y dinámicos, es por ello que las bombas de succión tienen que funcionar las 24 horas del día.
Explicó el estiaje será severo de ahí que exhorta a la población a que se abstengan de lavar sus automóviles y banquetas con agua a través de una manguera, porque serán remitidos a las cárcel municipal para cubrir una multa administrativa, por desperdiciar el preciado liquido en esta temporada de calor.
Aclaró todas aquellas personas que reincidan en mantener su postura de derrochar el fluido, serán llevados a la preventiva pero en esta ocasión no pagaran ninguna multa administrativa, sino con la privación de su libertad por un espacio de 36 horas, para evitar que la población cometa este tipo de irregularidades.
Expresó esta medidas van encaminadas para que la demás población en especial de los conjuntos habitacionales como Palmira y Puerta del Sol, no sufran de la falta del liquido durante el estiaje que se presume será severo a comparación de años anteriores.
Puntualizó la infracciones y los arrestos por espacio de 36 horas, están apegadas conforme a derecho, debido que la misma ley orgánica del municipio libre y del agua y saneamiento de Veracruz, es por ello que no se esta violando las garantías individuales, si las personas no quieren pasar por esta situación entonces pide que se abstengan de desperdiciar el agua potable.
26/04/03
Nota 9054